Usarán casi un millón de dólares de una vieja quiebra para equipar 67 escuelas tucumanas
Un fallo del juez Pedro Yane Mana transformó el dinero de un expediente comercial de 1987 en un megaproyecto informático. Dispuso la transferencia directa en moneda extranjera para blindar los fondos contra la inflación y exigió un inédito monitoreo fotográfico en las aulas.
Un total de 67 escuelas de gestión estatal de la provincia de Tucumán —pertenecientes a los niveles primario, secundario, superior no universitario y a la modalidad de educación especial— recibirán un histórico equipamiento informático. La particularidad de la medida es que será financiada íntegramente con divisas abandonadas en los estrados judiciales por casi cuatro décadas. La acción fue oficializada a través de la Resolución N° 1204, dictada por el juez Pedro Yane Mana, titular del Juzgado Civil y Comercial Común de la Iª Nominación del Centro Judicial Capital.
La sentencia aprobó el "Proyecto de Adquisición de Equipamiento Informático para Establecimientos Educativos" diseñado por la Dirección de Informática de la cartera educativa provincial y ordenó el traspaso inmediato de los fondos. El origen de esta millonaria masa de dinero se remonta al expediente caratulado "Compañía Azucarera y Alcoholera Soler S.A. s/ Quiebra declarada", un histórico litigio mercantil cuyo inicio formal data del año 1987. Tras casi 40 años de compleja tramitación procesal, la Sindicatura presentó en diciembre de 2024 el proyecto de distribución final por una suma de USD 995.230,09, declarándose la quiebra concluida por pago total en febrero de 2025.
Sin embargo, la inacción de los acreedores abrió un escenario impensado: a pesar de las publicaciones de edictos y la cuantía de los montos disponibles, únicamente el organismo recaudador ARCA (ex AFIP) se presentó a percibir su acreencia de USD 3.693,73. Cumplido el plazo de un año sin nuevos reclamos, el tribunal declaró de oficio la caducidad del pozo remanente, que ascendió a la suma exacta de USD 991.536,36.
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Para dar sustento normativo al fallo, el juez Yane Mana apeló al Artículo N° 224 de la Ley de Concursos y Quiebras (N° 24.522), el cual establece que los acreedores que no ejercen el cobro de sus asignaciones en el término de un año pierden el derecho. Apoyándose en doctrina y en precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación —como el fallo "Carbometal s/ quiebra"—, la resolución remarcó que el abandono negligente de los acreedores no hace retornar los fondos al deudor, sino que los ingresa de forma irrevocable al patrimonio estatal para el fomento de la educación común.
El magistrado ejerció una activa dirección del proceso y libró un oficio directo a las autoridades educativas para pedir un plan de capitalización tecnológica de impacto estructural, evitando explícitamente que los recursos se licuasen en gastos corrientes de la administración. Yane Mana recordó que este criterio afianza una línea jurisprudencial en el mismo expediente: en junio de 2024, el juzgado ya había asignado fondos caducos de la misma quiebra para cubrir necesidades operativas básicas e infraestructura de albergues en las Escuelas Multinivel de Alta Montaña de Anfama, San José de Chasquivil, Mala Mala y Arquitas.
Uno de los aspectos financieros y estratégicos más singulares de la sentencia es la decisión de transferir la totalidad del monto directamente en moneda extranjera. Las divisas fueron giradas desde la cuenta judicial en el Banco Macro S.A. hacia una cuenta corriente especial en dólares a nombre del Gobierno de la Provincia. El tribunal justificó esta medida como un acto de prudencia financiera, fundamentando que la pesificación habría provocado una licuación del poder de compra y que, dado que los insumos tecnológicos cotizan internacionalmente en dólares, mantener la moneda de origen otorgará mayor competitividad a las licitaciones públicas.
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Para blindar la transparencia en el manejo de estos fondos públicos, el Poder Judicial dispuso una fiscalización post-sentencia. Todo esto fue convenido en una reunión en la Corte Suprema de Justicia, con la presencia de su presidente, Daniel Leiva, y de los vocales Antonio Estofán, Daniel Posse, Claudia Sbdar y Eleonora Rodríguez Campos, junto a la ministra de Educación, Susana Montaldo.
El Ministerio de Educación dispondrá de un plazo fatal de 120 días hábiles para presentar una rendición de cuentas integral y documentada. La presentación deberá incluir copias autenticadas de las licitaciones y adjudicaciones, comprobantes de pago, actas de recepción firmadas por los directores de los 67 colegios y —como requisito inédito de verificación— un registro fotográfico que documente formalmente la compra, la entrega, la recepción y el uso efectivo de las computadoras por parte de los alumnos en el aula.
A partir del proyecto técnico aprobado por el tribunal, el presupuesto se invertirá en hardware de última generación adaptado al perfil pedagógico, condiciones de espacio físico, conectividad y seguridad de cada edificio escolar:
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Para asegurar la durabilidad de la inversión, las escuelas participantes debieron asumir compromisos institucionales concretos, como contar con suministro eléctrico estable y designar un responsable para la custodia de los equipos. Asimismo, todos los bienes a licitar contarán con una garantía técnica obligatoria de 12 meses. En sus considerandos finales, el juez Yane Mana sentenció que en el siglo XXI la educación común implica necesariamente la alfabetización digital, permitiendo que estos fondos caducos se conviertan en un multiplicador de conocimiento para miles de estudiantes tucumanos. /LG


