Un proyecto a medida de Peter

La búsqueda de inversiones en áreas como la inteligencia artificial, los semiconductores, la biotecnología avanzada y la infraestructura digital constituye una necesidad innegable para la Argentina. De modo que resulta razonable que el Estado procure generar incentivos capaces de atraer capitales hacia actividades que hoy cuentan con escasa presencia en nuestro país. Bajo esa premisa se inscribe el proyecto de ley conocido como Súper RIGI, que ya obtuvo media sanción en el Congreso de la Nación. Sin embargo, el régimen propuesto concede beneficios extraordinariamente generosos para un reducido grupo de inversores.
El proyecto establece condiciones fiscales significativamente más favorables incluso que las contempladas en el RIGI original. Entre ellas, fija una alícuota máxima del 15% en el impuesto a las Ganancias, frente al 25% previsto para los proyectos adheridos al régimen vigente. Asimismo, obliga a las provincias a establecer un tope del 0,5% en la alícuota de Ingresos Brutos aplicable a estos emprendimientos y les impide cobrar otros tributos locales, como sellos o regalías, beneficios que ni siquiera estaban contemplados en el RIGI clásico. Del mismo modo, los emprendimientos adheridos quedarán totalmente exentos del pago de derechos de exportación desde el inicio de sus actividades, mientras que el RIGI vigente prevé esa exención recién a partir del tercer año.
El proyecto corre el riesgo de reproducir una lógica que ya ha mostrado limitaciones en el pasado: otorgar privilegios extraordinarios a inversores bajo la promesa de beneficios que rara vez llegan. El proyecto corre el riesgo de reproducir una lógica que ya ha mostrado limitaciones en el pasado: otorgar privilegios extraordinarios a inversores bajo la promesa de beneficios que rara vez llegan.
La consecuencia será un elevado costo para las cuentas públicas. Y ello ocurre precisamente cuando la Argentina atraviesa un período de marcada fragilidad fiscal. Según cálculos de la ONG iCiudad, el costo fiscal del Súper RIGI podría llegar a 1,27% del PBI.
Otro aspecto controvertido del proyecto radica en la escasa atención prestada a la generación de empleo local. Más allá de la obligación de contratar proveedores nacionales por un monto mínimo equivalente al 20% de la inversión total, incorporada a instancias de los bloques provinciales aliados, la iniciativa no contempla garantías concretas de creación de puestos de trabajo argentinos. Peor aún, la nueva redacción establece que dicha exigencia regirá únicamente "siempre y cuando la oferta de proveedores locales se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad". La cláusula introduce un criterio inevitablemente subjetivo y deja abierta una amplia puerta para excepciones.
El Súper RIGI configura un régimen de excepción de alcance extraordinario, con beneficios fiscales y regulatorios difícilmente justificables desde el interés general. Más que una política de desarrollo nacional, parece una normativa confeccionada a medida de un reducido grupo de empresarios megamillonarios del sector tecnológico, entre ellos figuras como Peter Thiel, cuyos proyectos podrían encontrar en la Argentina, donde ya está radicado, condiciones excepcionalmente ventajosas para operar.
En definitiva, el proyecto corre el riesgo de reproducir una lógica que ya ha mostrado limitaciones en el pasado: otorgar privilegios extraordinarios a grandes inversores bajo la promesa de beneficios futuros que rara vez llegan a materializarse en la magnitud anunciada.


