Revés judicial para Cabrera y Abdala: el fiscal pidió archivar la denuncia contra la Junta Electoral de la UNT
El Ministerio Público Fiscal concluyó que no existió delito en la actuación de la Junta Electoral durante el proceso para elegir rector de la Universidad Nacional de Tucumán. Ahora será el juez José Manuel Díaz Vélez quien defina si archiva la causa o dispone su continuidad.
La denuncia penal presentada por los ex candidatos al Rectorado de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT), Miguel Ángel Cabrera y Virginia Abdala, contra los integrantes de la Junta Electoral sufrió un importante revés judicial. El fiscal federal Agustín Chit dictaminó que no existió delito en la actuación del órgano electoral y solicitó la desestimación de la denuncia y el archivo de la causa.
La presentación había sido impulsada por Cabrera y Abdala al considerar que la Junta Electoral incumplió la medida cautelar dictada por la Cámara Federal de Apelaciones, que suspendía la candidatura de Sergio Pagani para un nuevo mandato como rector.
Sin embargo, tras analizar el expediente, Chit concluyó que las decisiones adoptadas por la Junta no implicaron una desobediencia a la orden judicial, sino que buscaron adecuar el cronograma electoral al escenario generado por la resolución de la Cámara.
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En su dictamen, el representante del Ministerio Público sostuvo que "corresponde desestimar la denuncia por inexistencia de delito", al considerar que la actuación de la Junta Electoral se ajustó al marco institucional previsto por el Estatuto de la UNT.
El fiscal explicó que, una vez notificada de la medida cautelar, la Junta resolvió suspender provisoriamente las actuaciones vinculadas a la elección de rector y poner la situación en conocimiento del Consejo Superior, organismo que posteriormente ratificó esa decisión y adecuó el cronograma electoral.
"Las decisiones adoptadas por la Junta Electoral, y ratificadas por el Consejo Superior de la UNT, resultaron una actividad necesaria y lógica, a los fines de asegurar el desarrollo del proceso electoral", señaló Chit.
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La denuncia de Cabrera y Abdala sostenía que la Junta debía haber proclamado automáticamente la única fórmula que, según su interpretación, permanecía habilitada para competir, en lugar de suspender la Asamblea Universitaria prevista para el 20 de mayo.
No obstante, el fiscal entendió que la cuestión de fondo aún no había sido resuelta por la Cámara Federal, por lo que no existían candidatos definitivamente excluidos del proceso electoral.
Además, advirtió que avanzar con la proclamación automática habría significado alterar el desarrollo institucional de la elección.
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"La democracia y autonomía universitaria terminaría siendo dirimida por los fallos de la Justicia, en lugar de que sea debatida y resuelta en el marco de su estatuto y por los estamentos que conforman su comunidad", afirmó en uno de los pasajes centrales del dictamen.
El fiscal también respaldó su criterio en resoluciones posteriores de la propia Cámara Federal de Apelaciones, que rechazó nuevos planteos cautelares y sostuvo que la adecuación del cronograma electoral era una responsabilidad exclusiva de la Universidad.
Asimismo, recordó que el tribunal dejó en claro que no correspondía designar ni proclamar autoridades de manera cautelar, ya que ello implicaría "una flagrante violación al principio de autogobierno de la UNT".
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Sobre esa base, Chit concluyó que la conducta de la Junta Electoral no configuró una desobediencia a la medida cautelar, sino que constituyó un acto institucional destinado a reencauzar el proceso electoral tras la suspensión de una de las fórmulas oficializadas.
Con el dictamen fiscal presentado, el expediente ingresó en una nueva etapa.
Ahora será el juez federal José Manuel Díaz Vélez quien deberá analizar la postura del Ministerio Público y, una vez cumplidos los pasos procesales previstos por la ley —incluida la posibilidad de que los denunciantes cuestionen el dictamen—, resolver si hace lugar al pedido de archivo o si dispone la continuidad de la investigación.

