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Viernes, 26 de junio de 2026
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Oficial y es un hecho | IRS embarga todas las cuentas bancarias, vehículos y propiedades de las personas que recibieron esta herencia

El Servicio de Impuestos Internos de los Estados Unidos posee la capacidad de intervenir en estos activos bajo ciertas condiciones. Conoce cómo prevenirlo.

Redacción1 min de lectura
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Oficial y es un hecho | IRS embarga todas las cuentas bancarias, vehículos y propiedades de las personas que recibieron esta herencia
Oficial y es un hecho | IRS embarga todas las cuentas bancarias, vehículos y propiedades de las personas que recibieron esta herencia

El Internal Revenue Service (IRS) tiene la facultad de embargar cuentas bancarias, propiedades o vehículos que estén relacionados con una herencia bajo ciertas circunstancias. Este no es un procedimiento automático, sin embargo, representa una posibilidad concreta cuando existen obligaciones fiscales no satisfechas.

El embargo ejercido por el IRS varía dependiendo de quién sea el deudor impositivo y del estado del proceso sucesorio. Tanto las deudas fiscales del fallecido como las del heredero pueden facultar al organismo recaudador para intervenir en los bienes heredados.

El organismo fiscal tiene la facultad de intervenir en una herencia cuando existen deudas fiscales pendientes del fallecido.

Al producirse el deceso de un individuo, sus activos se integran al patrimonio, el cual deben liquidar impuestos antes de su distribución.

En caso de existir montos adeudados, el IRS tiene la capacidad de:

El paso fundamental consiste en presentar la declaración final de impuestos del difunto. Este procedimiento es obligatorio y debe incluir:

1- Todos los ingresos hasta la fecha de fallecimiento.

2- Declaraciones de años anteriores que no se hayan presentado.

3- El pago de cualquier deuda pendiente o la solicitud de reembolso.

Cuando un individuo fallece, su patrimonio se integra al conjunto de bienes y este conjunto debe cumplir con las obligaciones fiscales antes de ser distribuido.

La responsabilidad corresponde al cónyuge sobreviviente o al representante del patrimonio. Asimismo, si los activos del patrimonio producen ingresos (alquileres, inversiones, etc.), podría ser imperativo presentar una declaración adicional del patrimonio (Formulario 1041). Sin este procedimiento final, el IRS podría embargar automáticamente su herencia.

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Nota basada en una publicación de El Cronista. Primera Línea recopila, reedita y contextualiza la información.
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