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Jueves, 30 de julio de 2026
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La Fiscalía investiga si hubo negligencia en la excursión que dejó turistas varados en la cordillera

El fiscal Jorge Barros Risatti, explicó que se recaba información sobre guías y prestadores que participaron de la excursión. Se busca determinar si cumplieron las obligaciones de seguridad.

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La Fiscalía investiga si hubo negligencia en la excursión que dejó turistas varados en la cordillera
La Fiscalía investiga si hubo negligencia en la excursión que dejó turistas varados en la cordillera

El fiscal Jorge Barros Risatti, explicó que se recaba información sobre guías y prestadores que participaron de la excursión. Se busca determinar si cumplieron las obligaciones de seguridad.

La Fiscalía de la Quinta Circunscripción Judicial, con asiento en Tinogasta, inició una investigación preliminar para determinar si existió algún tipo de responsabilidad penal vinculada con el operativo de rescate de turistas que quedaron varados recientemente en la cordillera catamarqueña.

En diálogo con Mañana Central, el fiscal Jorge Barros Risatti destacó en primer lugar el resultado del operativo y señaló: "Contento de alguna manera por haber logrado los grupos especiales que intervinieron en el rescate, de haber podido evacuar a toda esta gente que estuvo varada allá".

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El funcionario explicó que la intervención del Ministerio Público Fiscal estuvo orientada, en principio, a recabar información ante la posibilidad de que se hubiera producido algún hecho que requiriera una investigación penal. "La actividad del Ministerio Público Fiscal en este caso en particular, como ya lo hemos hecho en otros casos anteriores en la cual hemos tenido intervención, era el fin de recaudar información por alguna posible investigación o algún hecho que podía haber sucedido, que gracias a Dios no ha sido así", sostuvo.

En ese sentido, aclaró que la situación podría haber tenido consecuencias judiciales si se hubiera producido una muerte o una lesión grave. "Tenga en cuenta de que la actividad de alta montaña, como cualquier actividad humana que se realiza en Argentina, también tiene sus consecuencias jurídicas y penales en caso de que se produzca un fallecimiento, una lesión grave que da lugar a la intervención justamente del Ministerio Público Fiscal", explicó.

Barros Risatti indicó que, mientras se desarrollaba el operativo de rescate coordinado por el COE, también se trabajó en la identificación de quienes habían organizado o participado de la excursión.

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"Se estableció la directiva de recabar los datos de si había prestadores de servicios turísticos realizando esa excursión en particular, si eran particulares, gente que había accedido al Balcón de Pissis o el camino que lleva para ahí", detalló.

El objetivo es determinar, en caso de corresponder, "si se producía algún tipo de hecho investigable" y establecer las responsabilidades que pudieran surgir. Uno de los puntos centrales será conocer si había guías o empresas a cargo de la excursión y qué medidas habían adoptado frente a las condiciones climáticas.

El fiscal explicó que la actividad de alta montaña tiene distintas regulaciones y que la legislación provincial establece categorías según la altura. "Alta montaña se considera aquellos lugares que superen los 4.000 metros de altura sobre nivel del mar", indicó. En ese marco, señaló que el Balcón de Pissis, ubicado a más de 4.400 metros, queda comprendido dentro de esa categoría.

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Barros Risatti también hizo referencia a la denominada ley de "montañas libres", sancionada a nivel nacional en 2021, que reconoce estas actividades como de interés deportivo, cultural y recreativo y facilita el acceso a los espacios de montaña. Sin embargo, remarcó que en Catamarca existen normas específicas para quienes tienen a su cargo expediciones. "Lamentablemente, ante esta legislación nacional, también la adecuación a nivel provincial establece obligaciones a los guías", sostuvo.

Según explicó, la normativa establece requisitos vinculados con las condiciones climáticas y el equipamiento, además de contemplar determinadas exigencias respecto del estado físico de quienes participan de las actividades. "Los obliga a observar las condiciones climáticas, el equipamiento de las personas, hasta pide un certificado de estado físico de las personas que van a realizar las excursiones", detalló.

En el caso de excursiones realizadas mediante vehículos 4x4, aclaró que existen algunas diferencias respecto de actividades como trekking, escalada o rapel, pero que eso no elimina necesariamente las responsabilidades de los organizadores.

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"Como son excursiones guiadas a través de vehículos 4x4, lo cual no implica una condición física específica de los que van interviniendo en las expediciones, se deja de lado en los requisitos de aptitud física para los mismos, pero no deja de lado que tenga también un grado de responsabilidad de los guías o de las empresas que están realizando ese tipo de funciones sobre algún evento luctuoso que se pueda producir", afirmó.

El fiscal también puso el foco en las dificultades que implican los operativos de emergencia en la cordillera y recordó antecedentes de personas desaparecidas en la zona de los Seismiles.

"Cuando se producen hechos como lo que hemos vivido en Catamarca, y que ya se han sucedido en reiteradas oportunidades, promueve un gran movimiento logístico y de recursos y de personas para lograr el rescate, en su caso, de las personas que se encuentran varadas o en emergencia", señaló.

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En ese sentido, recordó que existen antecedentes de personas desaparecidas en las altas montañas catamarqueñas cuyos cuerpos todavía no pudieron ser encontrados.

"Tengamos referencia histórica que la zona de los Seismiles es un lugar que tiene al momento un montón de hechos de personas desaparecidas que todavía no han podido ser ubicadas", expresó.

Durante la entrevista, Barros Risatti también se refirió a los daños ambientales que pueden producirse en áreas protegidas de la cordillera. Explicó que actualmente no existe en el Código Penal argentino un delito ambiental específico que abarque de manera general estas conductas.

"No existe un tipo penal específico que establezca responsabilidad penal a este tipo de daños", sostuvo, aunque aclaró que determinadas situaciones pueden ser encuadradas como delitos de daño o daño agravado, dependiendo de las circunstancias.

El fiscal mencionó casos registrados en Antofagasta de la Sierra, donde se imputó a personas por generar huellas en sectores considerados áreas protegidas. En Tinogasta, en tanto, destacó la existencia de la zona Ramsar de los Seismiles, que comprende humedales y lagunas de alta montaña. "Son estas lagunas de alta montaña en las cuales habitan determinados tipos de aves que hacen su anidación en esos lugares y, por lo tanto, tienen una protección en particular", explicó.

Sin embargo, advirtió que investigar este tipo de hechos en la cordillera presenta grandes dificultades. "A diferencia de Antofagasta, es mucho más difícil lograr la prueba. Imagínense trasladarse más de 300 kilómetros de la cabecera para realizar inspecciones cuando, por ejemplo, sucedió que había un temporal de montaña que borra de alguna manera los vestigios del daño producido", señaló.

Por ese motivo, algunas situaciones pueden quedar en el ámbito administrativo o contravencional, mientras que para avanzar penalmente es necesario poder acreditar de manera concreta el daño producido.

Barros Risatti aclaró que, a pocos días de finalizado el operativo, todavía no existe una imputación penal vinculada con el episodio. "La investigación está basada justamente en que, gracias a Dios, no se produjo hasta el momento ninguna tipificación del Código Penal, sea lesiones, lesiones graves; por suerte no hubo ninguna persona fallecida y demás", explicó.

De todos modos, confirmó que se continúa trabajando para identificar a los prestadores y particulares que participaron de la excursión. "Tenemos la información sobre cuáles son los prestadores que estaban realizando el tipo de excursión y también sobre los particulares que ascendieron, pero bueno, será motivo de investigación si configura la implicancia penal alguna de estas actitudes que han tomado", afirmó.

Y resumió el estado actual del expediente: "Por el momento estamos en investigación". En caso de determinarse una eventual responsabilidad penal, el fiscal aclaró que deberá establecerse quién fue concretamente la persona responsable de la decisión o de la omisión.

"Siempre, atendiendo de que la cabeza de la responsabilidad que hubiere es sobre una persona física determinada", explicó. En ese sentido, mencionó como posibles responsables a "un guía, sobre quién autorizó, sobre quién no tomó las previsiones en el caso para acceder a ese lugar", aunque aclaró que será la investigación la que determine si existió efectivamente una conducta con relevancia penal.

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Nota basada en una publicación de El Ancasti. Primera Línea recopila, reedita y contextualiza la información.
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