Causa $LIBRA: sobreseyeron a Javier Milei y a su hermana Karina
El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi tomó la decisión de considerar que no existió delito, una medida que alcanza a Mauricio Novelli, Hayden Davis y al resto de los acusados.
El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi sobreseyó al presidente Javier Milei, a su hermana y secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, y a los demás imputados en la causa por la fallida criptomoneda $LIBRA. La resolución sostuvo que los hechos investigados no constituyen delito.
La decisión alcanzó también a Mauricio Novelli, Manuel Terrones Godoy, Sergio Morales, Hayden Mark Davis, Chyi Haur Peh —también identificado como Julian Peh—, María Alicia Rafaele, María Pía Novelli, Camilo Rodríguez Blanco y Orlando Mellino. Según la resolución, los sucesos "no encuadran en una figura legal".
El magistrado tomó la decisión después de que el fiscal de la causa, Eduardo Taiano, solicitara el sobreseimiento de los imputados. Las querellas habían sido excluidas del expediente y, al momento de la resolución, quedaban pendientes de tratamiento recursos de queja directa ante la Cámara Federal de Casación.
La investigación examinó la promoción del criptoactivo por parte de Milei a través de una publicación en la red social X y el posterior desplome de su cotización. El juez consideró fundado el pedido fiscal y entendió que, tras el apartamiento de los inversores que habían sido aceptados como querellantes, no existía una acusación autónoma que justificara la continuidad del proceso.
La causa se inició a partir de denuncias relacionadas con el lanzamiento de $LIBRA, ocurrido el 14 de febrero de 2025. Ese día, Milei publicó en su cuenta de X un mensaje en el que presentó el proyecto Viva la Libertad Project como una iniciativa privada destinada a financiar emprendimientos argentinos.
De acuerdo con la reconstrucción incluida en el fallo, el valor del token aumentó con rapidez luego de la publicación y se desplomó horas más tarde. Las denuncias sostenían que la secuencia había ocasionado pérdidas a quienes compraron el activo, mientras que un grupo reducido de tenedores habría retirado alrededor de USD 100 millones.
Sin embargo, el juez coincidió con la fiscalía en que la promoción del activo, el aumento de su cotización y su posterior caída no bastaban para configurar una estafa. Para acreditar ese delito, señaló, debía probarse una "maniobra engañosa concreta, un error inducido en los compradores y un perjuicio patrimonial causado directamente por ese engaño".
La resolución afirmó que la investigación no identificó "una afirmación falsa específica que hubiera determinado a los adquirentes a comprar $LIBRA". También caracterizó el mercado de las denominadas memecoins como uno de "alta volatilidad" y señaló que una pérdida económica, por sí sola, no demuestra la comisión de un delito.
El fallo descartó que la conducta de Javier Milei configurara abuso de autoridad o negociaciones incompatibles con la función pública. Según el juez, no se probó que la difusión de $LIBRA hubiera sido un acto oficial ni que existiera una resolución, una orden administrativa o una intervención estatal relacionada con el proyecto.
En ese análisis, el magistrado señaló que la Secretaría Legal y Técnica informó que no había registros de actuaciones administrativas sobre el criptoactivo. También tomó en cuenta una conclusión de la Oficina Anticorrupción, que consideró que la publicación se había realizado desde "una cuenta personal, sin uso de recursos públicos ni difusión a través de los canales institucionales de la Presidencia".
Para Martínez De Giorgi, el mensaje no acreditó la intervención de Milei"en una operación estatal ni un interés particular dentro de un contrato gestionado por la administración pública". La resolución agregó que tampoco se encontró documentación que probara la existencia de un acuerdo confidencial entre el Presidente y el creador de la criptomoneda, el estadounidense Hayden Davis.
En relación con Karina Milei, el juez descartó que se hubiera acreditado un posible tráfico de influencias. Entre los elementos examinados había documentos y archivos extraídos del teléfono de Mauricio Novelli, incluidos una oferta de acuerdo sin firmas y una nota recuperada mediante imágenes. El documento hacía referencia a un supuesto "acuerdo final" conversado con una persona identificada como "H", que sería Davis.
La resolución indicó que la única constancia documental directa que vinculaba a la secretaria general de la Presidencia con Davis y Bartosz Lipinski era la autorización de sus ingresos a la Casa Rosada en julio de 2024. Para el magistrado, ese dato no demostraba por sí mismo la existencia de un acuerdo ilícito.
Al evaluar la nota, el juez sostuvo: "La existencia de documentación que alude al Gobierno, así como las referencias al Tech Forum y a determinadas personas, no basta para demostrar que se hubiera acordado remunerar a Karina Milei por facilitar reuniones con el presidente. Máxime cuando dicho documento carece de firmas, lo cual hace que, en términos probatorios, carezca de valor documental".
Los peritajes determinaron que la nota había estado en la aplicación Apple Notes del dispositivo, pero no permitieron establecer que hubiera sido enviada a terceros ni que alguno de los involucrados la hubiera recibido o aceptado. Por ese motivo, el juez concluyó que no se había acreditado un intercambio ilícito ni una intermediación remunerada atribuible a Karina Milei.
La resolución también mencionó una decisión de un tribunal federal de Nueva York, que en septiembre rechazó una demanda civil contra Kelsier Labs y otros acusados vinculados con el token, por motivos procesales y de fondo.
Con el sobreseimiento de los imputados, el juzgado ordenó archivar el expediente.